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Diagnóstico de la situación fiscal
Revisamos sociedad, actividades, flujos y obligaciones: qué impuesto paga, dónde y con qué soporte. Renta, IVA, retenciones, patrimonio e impuestos locales.
Un asesor tributario para empresas decide el criterio fiscal antes de declarar y lo defiende si la DIAN pregunta. En Ligal esa asesoría la dirige Juan Santiago Rodríguez Prieto, abogado tributarista ex-DIAN, desde Bogotá, para empresas de toda Colombia.
También por WhatsApp: +57 319 272 9164. Bogotá · Calle 99 7A-51, Of. 206. Empresas de toda Colombia.
El asesor tributario de una empresa es quien decide, con la norma en la mano, cómo tributa el negocio: qué interpretación sostener, qué regímenes y beneficios aplican, cómo documentar cada decisión y qué responder si llega la fiscalización. No es llenar formularios: es criterio jurídico aplicado a la operación real.
En Ligal esa asesoría la dirige un abogado tributarista ex-DIAN, Juan Santiago Rodríguez Prieto. La diferencia es el ángulo: cada posición se diseña sabiendo cómo la va a mirar la DIAN después, y cada consejo viene con su soporte por escrito.
Señales de que su empresa lo necesita
El director es Juan Santiago Rodríguez Prieto, abogado tributarista ex-DIAN. La asesoría se diseña sabiendo cómo mira la fiscalización, no en un vacío teórico.
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Revisamos sociedad, actividades, flujos y obligaciones: qué impuesto paga, dónde y con qué soporte. Renta, IVA, retenciones, patrimonio e impuestos locales.
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Regímenes y beneficios aplicables, formalización del criterio y calendario de obligaciones. Nada de estructuras sin sustento económico ni porcentajes de ahorro de brochure.
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Cada decisión con su expediente: contratos, soportes y memoria del criterio. Lo que está documentado se defiende; lo que no, termina en un pliego de cargos.
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Si la DIAN pregunta, la misma firma responde: requerimientos, recursos y, si toca, litigio. Y durante el año, punto de consulta antes de cada decisión con impacto fiscal.
Cada empresa tiene su cifra, su actividad y su norma aplicable. La propuesta sale del diagnóstico, no de un promedio de marketing.
La operación contable del día a día la sigue llevando su contador de confianza, o LIGAL Auditores si el caso lo pide. Nosotros definimos y defendemos el criterio fiscal.
Una asesoría que solo sirve mientras todo va bien está incompleta. Estrategia y defensa viajan juntas en la misma firma.
La estrategia tributaria la define y defiende LIGAL Abogados. La operación contable del día a día (libros, nómina, declaraciones de rutina, revisoría) la puede operar LIGAL Auditores, nuestra práctica independiente de contadores públicos bajo la Ley 43 de 1990. Dos prácticas, coordinadas y con reglas profesionales distintas.
¿Ya tiene contador de confianza? Se queda. Trabajamos con él, no en su contra.
Director
Juan Santiago Rodríguez Prieto
Abogado tributarista · Ex-DIAN
Pedirlo es gratis. En 48 horas hábiles sale el mapa fiscal y la propuesta. Use el formulario de esta página o abra Diagnóstico.
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HoyNIT, actividad, estructura actual y qué decisión viene (reorganizar, crecer, vender, entrar inversionistas). Gratis.
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48 h hábilesDónde está la carga, qué régimen aplica, qué obligaciones corren y qué criterios falta documentar. En 48 horas hábiles.
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Tras el diagnósticoAlcance, prioridades y tarifa cerrada. Si hay operación contable de por medio, se coordina con su contador o con LIGAL Auditores.
Preguntas frecuentes
Decide el criterio fiscal del negocio con la norma en la mano: qué interpretación sostener, qué regímenes y beneficios aplican, cómo documentar las decisiones y qué responder ante una fiscalización. Es criterio jurídico permanente sobre la operación real, no un servicio de llenar formularios.
El contador y la outsourcing operan: libros, nómina y declaraciones de rutina. El asesor tributario resuelve las preguntas de criterio: qué posición sostener y por qué, y la defiende si la DIAN la discute. Son roles complementarios, no intercambiables.
Renta, IVA, retención en la fuente, impuesto al patrimonio, ICA y demás gravámenes que apliquen según actividad y municipio, además de las obligaciones formales y de reporte. El alcance exacto se define en el diagnóstico según la operación real de la empresa.
Sí. Si llega un requerimiento o una liquidación, la misma firma responde: contestación, recursos y, si el caso lo exige, litigio tributario. La asesoría que no piensa en la fiscalización posterior está incompleta.
Cuando cambia la estructura o entran socios o inversionistas, cuando la carga efectiva salta sin explicación, cuando la reforma movió la norma, o cuando el contador declara a tiempo pero nadie discute el criterio. Si ya hay un requerimiento encima, primero se defiende el caso.
Sí, y es lo recomendable. Su contador sigue con la operación y nosotros con el criterio: le entregamos posiciones documentadas y coordinamos el calendario. Si no tiene contador, la operación la puede operar LIGAL Auditores.
Depende del tamaño de la operación y del alcance: consulta puntual, acompañamiento permanente o defensa. No publicamos lista de precios ni promedios de ahorro. La tarifa se cierra por escrito tras el diagnóstico.
Sí. La oficina está en Calle 99 7A-51, Oficina 206, Bogotá, y el teléfono publicado es +57 319 272 9164 (Juan Santiago Rodríguez Prieto, director). Asesoramos empresas de toda Colombia, en presencial y remoto.
Gratis. Respuesta en 48 horas hábiles. Adjunte actividad, NIT y qué decisión viene para la empresa. También puede escribir por WhatsApp o agendar con el director.