Defensa ante la DIAN · Empresas en Colombia

Defensa ante la DIAN para empresas.
Del requerimiento al recurso, un solo equipo.

Ligal es una firma tributaria que defiende empresas ante la DIAN: contestamos requerimientos, pliegos de cargos y liquidaciones, y reclamamos en sede administrativa. Dirección ex-DIAN y lo contable y lo jurídico en el mismo expediente.

Empresas y pymesColombia · BogotáContable + jurídicoDirección ex-DIAN

También por WhatsApp: +57 319 272 9164. Bogotá · Calle 99 7A-51, Of. 206. Sin resultados de litigio inventados.

El problema

La DIAN no notifica para conversar. Notifica para que responda en término.

Un acto de la DIAN no es un correo más: abre plazos perentorios y define el expediente de toda la fiscalización. En una empresa el acta suele llegarle al gerente o al contador, con los libros en una herramienta y el criterio jurídico en ninguna parte.

La defensa se arma con prueba, norma y término. Ligal es una firma tributaria: los números y el derecho se sostienen en el mismo expediente, y la respuesta la firma quien la va a defender después, ante recurso o ante juez.

Si le llegó esto, el reloj ya corre

  • Le notificaron un requerimiento especial y la DIAN propone modificar la declaración.
  • Llegó una liquidación oficial o una resolución sanción y nadie ha contestado.
  • Formularon pliego de cargos por inexactitud o por no declarar.
  • Un cobro coactivo llegó con medidas sobre las cuentas de la empresa.
  • La devolución de un saldo a favor fue negada o lleva meses sin resolver.
  • El gerente firma oficios de la DIAN sin criterio jurídico ni contable.
Pedir diagnóstico
Cómo es el proceso

Requerimiento, respuesta, liquidación y recurso.

Así avanza una fiscalización típica en Colombia. Cada etapa deja escrito lo que sirve (o lo que pesa) en la siguiente.

01

La DIAN notifica el acto

Puede ser requerimiento de información, requerimiento especial, emplazamiento para declarar o corregir, o pliego de cargos. Cada acto abre un plazo propio y define la defensa posible.

02

La empresa responde en término

Se arma el expediente (soportes, conciliaciones, criterio de cada cifra) y se radica el oficio dentro del plazo. Lo que no se explica aquí, pesa en las etapas siguientes.

03

Liquidación o sanción

Si la administración insiste, liquida en contra o impone sanción. La respuesta anterior se vuelve el cimiento de la defensa o el problema que hay que corregir.

04

Recursos y, si toca, litigio

Contra la liquidación oficial procede el recurso de reconsideración en sede administrativa. Si se confirma, el caso sigue ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

Plazos

Cada acto tiene su reloj. Y corre desde la notificación.

Referencias del Estatuto Tributario para los actos más comunes. El término exacto de su caso depende del acto y de cómo se notificó (personal, aviso o electrónica); lo verificamos antes de comprometer cualquier calendario.

Requerimiento especial

Un mes desde la notificación, ampliable por un mes más

Estatuto Tributario, art. 704

Pliego de cargos

Tres meses para dar respuesta

Estatuto Tributario, art. 709-2

Recurso de reconsideración

Tres meses para interponerlo y sustentarlo, ampliables a seis a solicitud del recurrente

Estatuto Tributario, art. 720

Los términos son perentorios: vencidos, la administración puede liquidar o sancionar sin nueva contestación. Si el acto ya notificado es una liquidación o una resolución sanción, la vía puede ser litigios tributarios.

Qué hace Ligal

Estrategia y defensa tributaria. Cara humana.

El director es Juan Santiago Rodríguez Prieto. La oficina está en Bogotá. No publicamos clientes, logos, tasas de éxito ni casos «ganados». El caso se sostiene con prueba y norma.

01

Leemos el acto y el plazo

Qué acto llegó, contra qué declaración o periodo, cómo se notificó y cuándo vence. La estrategia empieza por el calendario real del caso, no por uno genérico.

02

Armamos el expediente

Libros, facturas, contratos, nómina y el criterio de cada cifra. Lo contable y lo jurídico en un solo expediente, no en dos proveedores que no se hablan.

03

Respondemos y reclamamos

Oficios de respuesta y recursos en sede administrativa: reconsideración, apelación, peticiones. Con nombre y teléfono de quien sostiene cada escrito.

04

Si el caso escala, seguimos

Liquidación que se confirma, sanción o mandamiento de pago se encadenan con litigios tributarios o cobro coactivo. Y si el caso abre un saldo a favor, con devoluciones.

Quién defiende

Ex-DIAN. La fiscalización vista desde adentro.

El director de Ligal, Juan Santiago Rodríguez Prieto, es abogado tributarista ex-DIAN: conoció los criterios de la administración desde adentro. Ese criterio orienta cada expediente: qué pregunta la DIAN, qué prueba acepta y qué argumentos sostienen una respuesta.

No publicamos rankings ni sellos: la prueba del caso está en el expediente que se arma, no en un recuento de marketing.

Director

Juan Santiago Rodríguez Prieto

Abogado tributarista · Ex-DIAN

  • Calle 99 7A-51, Oficina 206, Bogotá
  • +57 319 272 9164
  • Diagnóstico gratis en 48 horas hábiles
Conozca al director
Cómo empieza

Diagnóstico. Gratis. En 48 horas hábiles.

Pedirlo es gratis. En 48 horas hábiles sale el mapa del acto, los plazos y la propuesta. Use el formulario de esta página o abra Diagnóstico.

  1. 01

    Hoy

    Pida el diagnóstico

    NIT, tipo de acto, fecha de notificación y qué tiene encima la empresa. Gratis. No es una cita para «conocerse».

  2. 02

    48 h hábiles

    Mapa del acto y de los plazos

    Qué pidió la DIAN, qué vence primero, qué prueba falta y si el alcance es respuesta, recurso o litigio. En 48 horas hábiles.

  3. 03

    Tras el diagnóstico

    Propuesta y, si sigue, el equipo

    La tarifa la cierra ese diagnóstico. Si sigue, hay abogado tributarista con nombre y teléfono. Sin lista pública de precios.

Preguntas frecuentes

Defensa ante la DIAN, sin promesas infladas

Es el conjunto de actuaciones para responder y controvertir los actos de la administración tributaria: requerimientos de información o especiales, emplazamientos, pliegos de cargos, liquidaciones oficiales y resoluciones sanción. Incluye la respuesta con soportes, los recursos en sede administrativa y, si el caso lo exige, el litigio ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

Un mes contado desde la notificación, ampliable por un mes más (Estatuto Tributario, art. 704). El conteo exacto depende de la forma de notificación del acto. En el diagnóstico verificamos la fecha y el término del caso concreto antes de comprometer cualquier calendario.

Depende del acto: puede imponerse sanción por no enviar información, tenerse por no desvirtuados los hechos del requerimiento especial, o seguirse a liquidación oficial. Vencido el plazo, la administración avanza sin necesidad de otra contestación. El plazo es perentorio y no se suspende solo.

Es el recurso contra la liquidación oficial y contra las resoluciones que imponen sanciones. Se interpone y sustenta dentro de los tres meses siguientes a la notificación, ampliables a seis a solicitud del recurrente (Estatuto Tributario, art. 720). Es la última etapa administrativa antes de acudir a la jurisdicción.

Casi siempre los dos: el acto discute cifras y, a la vez, el derecho. En Ligal la defensa la sostiene un abogado tributarista y la operación contable del día a día la puede operar LIGAL Auditores, nuestra práctica independiente de contadores públicos (Ley 43 de 1990). El contador externo que usted ya tiene también puede quedarse.

La propuesta sale tras el diagnóstico, según el tipo de acto, el periodo y el volumen de prueba. No publicamos lista de precios ni promedios de ahorro. La tarifa se cierra en el diagnóstico, por escrito.

Sí. La oficina está en Calle 99 7A-51, Oficina 206, Bogotá, y el teléfono publicado es +57 319 272 9164 (Juan Santiago Rodríguez Prieto, director). Defendemos empresas de toda Colombia: las actuaciones ante la DIAN se surten en línea.

No. Pedirlo es gratis. En 48 horas hábiles recibe el mapa del acto, los plazos que corren, los huecos de prueba y, si aplica, una tarifa cerrada. Decidir seguir es suyo.

Diagnóstico

Cuéntenos el acto. La propuesta sale después.

Gratis. Respuesta en 48 horas hábiles. Adjunte tipo de acto, fecha de notificación y NIT. También puede escribir por WhatsApp o agendar con el director.

Agendar cita

Protegido por secreto profesional.

Diagnóstico